Definición:
El
trámite de permisos previos de importación y/o exportación y sus
modificaciones es para autorizar que personas físicas y morales puedan importar
y/o exportar legalmente mercancías que están sujetas a dicho requisito por
parte de Secofi.
Marco
Legal:
El
marco jurídico de este instrumento incluye los siguientes ordenamientos y
disposiciones legales:
Ley
de Comercio Exterior D.O. 27-VII-1993.
Reglamento
de la Ley de Comercio Exterior D.O. 30-XII-1993
.
Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial D.O. 02-X-1995.
Acuerdo por el que se autorizan incrementos en el valor, peso, volumen o cantidad de los permisos de importación o exportación D.O. 28-II-1986.
Acuerdo por el cual se establecen los instrumentos que acreditan la expedición, por parte de Secofi, del permiso de importación o de exportación D.O. 28-VI-1993.
Acuerdo por el que se aprueban el formato de solicitud de permiso de importación o exportación y de modificaciones y los instrumentos que acreditan su expedición D.O. 16-VII-1997.
Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial D.O. 29-VIII-1997.
Acuerdos
que modifican al similar que establece la clasificación y codificación de
mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de
permiso previo por parte de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial,
D.O 31-XII-1997, D.O. 03-IV-1998, D.O. 27-VII-1998, D.O. 12-VIII-1998, D.O.
23-XII-1998, D.O. 26-I-1999, D.O. 6-IX-1999, D.O. 31-XII-1999 y D.O.
13-III-2000.
Beneficiarios:
Personas
físicas y morales
Beneficios:
Importar
o exportar legalmente mercancías controladas por Secofi.
Modalidades:
Los
permisos de importación se dividen en:
Importación
definitiva
Importación
temporal
Los
permisos de exportación se dividen en:
Exportación
definitiva
Exportación
temporal
Para
cada una de las modalidades anteriores se pueden realizar modificaciones,
siempre y cuando se refieran a valor de la mercancía, el país de procedencia o
destino, la descripción del producto siempre que no se altere su naturaleza,
cambio de agente aduanal y cambio de aduana de entrada o de salida.
Vigencia:
De
manera general, la vigencia de los permisos de importación y exportación es de
un año, salvo en los casos que la Dependencia o el área de Secofi que da la
opinión de aprobación indique otra vigencia.
Se
pueden solicitar prórrogas a la vigencia, siempre que el permiso original no se
encuentre vencido.
Trámites:
Los trámites y las modificaciones relativas a permisos de importación deben pagar conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Derechos un cobro por derecho de trámite y un cobro por la expedición del permiso respectivo. Dicho cobro es actualizado trimestralmente por la SHCP.
Las solicitudes de permisos de importación y exportación deben presentarse en la ventanilla de atención al público de la Dirección General de Servicios al Comercio Exterior de la Secofi (Av. Insurgentes Sur # 1940 P.B., Col. Florida, C.P. 01030, México D.F.) de 9:00 a 14:00 hrs. o bien, en cualquier Delegación o Subdelegación Federal de la propia Secretaría ubicadas en el interior del país, las cuales están facultadas para atender los trámites relativos a permisos previos en todas sus modalidades.
Los plazos de respuesta son de 15 días hábiles, según lo estipulado en la Ley de Comercio Exterior.
Para mayor información sobre estos trámites, favor de comunicarse a la Subdirección de Permisos de importación y exportación o al Departamento de expedición de permisos al tel. 229 61 00 exts. 3357 y 3384.
Los
interesados podrán realizar los siguientes trámites:
a)
Importación definitiva o temporal.
La
persona fisica o moral que desee realizar un trámite de permiso de importación,
deberá presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los
anexos respectivos así como de la documentación complementaria que corresponda
de acuerdo a la fracción arancelaria que solicita.
b)
Exportación definitiva o temporal.
La
persona fisica o moral que desee realizar un trámite de permiso de exportación,
deberá presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los
anexos respectivos así como de la documentación complementaria que corresponda
de acuerdo a la fracción arancelaria que solicita.
c)
Modificaciones.
La
persona fisica o moral que desee realizar un trámite de modificación, deberá
presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los anexos
respectivos así como del permiso original y la tarjeta magnética que se le
otorgó con el mismo.
Procedimiento
del Trámite:
1. El promovente presenta una solicitud original y dos copias en el formato autorizado en la ventanilla de atención al público de la DGSCE con los anexos e información complementaria que corresponda a su fracción arancelaria.
2. Una vez que se han revisado la solicitud y los documentos, se le da folio y se captura en el sistema SICEX-PEXIM, el cual emite una "hoja de captura", que el promovente firma de conformidad y recibe como acuse del trámite.
3. La solicitud se turna al área de expedición de permisos, para que el vista aduanal corrobore la correcta clasificación de la mercancía. El sistema expide una "hoja de referencia" que especifica los criterios de dictamen que deben aplicarse a esa fracción arancelaria.
4. Se turna la solicitud al área de dictamen correspondiente (Dirección General de Industrias para productos industriales y Dirección General de Abasto para productos agropecuarios). El sistema emite la "hoja de resolución", la cual debe firmar el Director de área, el Subdirector y el dictaminador de la solicitud. Una vez elaborado el dictamen, la Dirección encargada lo regresa al departamento de expedición de permisos de la DGSCE.
El sistema SICEX-PEXIM expide el documento resolutivo bajo las siguientes modalidades:
o
Negativa: son
las solicitudes que no cumplen con los criterios de dictamen establecidos, esta
resolución es irrevocable.
o
Cancelación:
se cancelan solicitudes cuando falta información o si se presentan
inconsistencias o errores en la misma. En este caso se puede volver a presentar
la solicitud realizando las correcciones pertinentes.
o Aprobación: el sistema expide el permiso de importación o exportación y la tarjeta magnética correspondiente.
Una
vez expedido el documento resolutivo, se envía a la ventanilla de atención al
público de la DGSCE.
6.
Se entrega la
resolución al interesado, cuando dicha resolución es un permiso, se hace una
lectura de la tarjeta magnética para comprobar que se encuentra en perfecto
estado y el promovente firma un documento en el que se compromete a devolver la
tarjeta a Secofi a más tardar 15 días después del vencimiento del permiso o
de que se agote su saldo.
Documentación
Complementaria:
Declaración general de pago de derechos y aprovechamientos (SAT-5) únicamente en el caso de importaciones y sus modificaciones.
En caso necesario, facturas y/o facturas proforma, catálogos y fotografías que permitan identificar la mercancía (para modificaciones copia fotostática de los documentos autorizados en el permiso original).
Oficio
de opinión favorable de la Dependencia correspondiente, en su caso.
Dos
copias fotostáticas de una identificación oficial vigente, con fotografía.
Constancia de acreditamiento expedida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, original y dos copias. En caso de no contar con este documento, se deberá anexar lo siguiente:
Copia
del Acta Constitutiva certificada ante notario público, en los casos de
personas morales, con el fin de corroborar que la persona que suscribe y
tramita la solicitud tiene facultades para ello (sólo en caso de
importaciones), se coteja el original con una copia fotostática y se
regresa al interesado su original. Para exportaciones se debe presentar
en copia simple.
Si
se trata de personas físicas únicamente copia de una identificación
oficial vigente, con fotografía.
Dos
copias fotostáticas de la Cédula de Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) con homoclave.
En caso de que el solicitante sea un organismo público, se deberá presentar copia del Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación en donde se acredite a la persona que suscribe y tramita la solicitud y dos copias fotostáticas de una identificación oficial vigente con fotografía del que suscribe y tramita.
En los casos en que la persona que suscribe la solicitud no pueda presentarse a realizar el trámite, se deberán presentar los siguientes documentos:
Cuando
se trate de personas morales, copia certificada ante notario público u
original del poder notarial otorgado a favor del gestor y copia certificada
ante notario público del acta constitutiva con el fin de corroborar que la
persona que otorga el poder tiene facultades para ello (sólo en caso de
importaciones y sus modificaciones), se cotejan los originales con una copia
fotostática y se regresan al interesado sus originales. Para exportaciones
se deben presentar ambos documentos en copia simple.
En
caso de personas físicas, copia certificada ante notario público u
original del poder notarial otorgado a favor del gestor (sólo en caso de
importaciones y sus modificaciones), se coteja el original con una copia
fotostática y se regresa al interesado su original. Para exportaciones se
debe presentar en copia simple.
En
caso de un organismo público, si la persona que tramita la solicitud labora
en dicho organismo, deberá presentar un poder simple para tramitar. Si el
gestor no labora en dicho organismo deberá presentar un poder certificado
ante notario público para tramitar tanto para importaciones como para
exportaciones, se coteja el original con una copia fotostática y se regresa
al interesado su original.
En
cualquiera de los casos anteriores se deberán anexar dos copias de una
identificación oficial vigente con fotografía del tramitador.
Información
Adicional:
Dirección
General de Servicios al Comercio Exterior,
Insurgentes Sur 1940,
Piso PH Col. Florida, México, DF 01030
Tel.: 229 61 00 ext.
3357 ó 3358, Fax 229 65 29 y 65 30
Correo electrónico: rruiz@secofi.gob.mx
Módulos de Orientación
de la Delegación Federal de SECOFI en su localidad.